viernes, 14 de septiembre de 2007

"RECURSOS MINERALES SON DE TODOS LOS PERUANOS, CONTAMINACION SOLO DE LOS PIURANOS"

Sorprendentes "declaraciones" del Premier Jorgito del Castillo ante la insistencia de periodistas piuranos con preguntas sobre los riesgos que acarrearía la actividad minera en zonas de nacimiento de ríos.

Al darse cuenta del "error", prometió que si se produjera contaminación en la sierra de Piura y ésta de mera casualidad llegara a todo Piura crearía pozas de desalinización en la costa piurana para que los habitantes de dichas cálidas tierras tenga agua potable.

Advirtió a la población que no se debe dejar manipular por ONGs o por autoridades municipales que solo buscan su salud sin evaluar las ganancias económias de por medio.

Acompañado de competentes médicos del Hospital Carrión, el Premier ofreció asistencia médica en caso de detectarse alguna patología, ofrecimiento que fue recibido con un extraño escepticismo por parte de la población piurana.

En otro lado de la información, el Premier informó que el procedimiento que sigue la Minera Majaz en el Ministerio de Energía y Minas ha demorado mas de lo previsto, motivo por lo cual dicha empresa ha aplicado el silencio administrativo positivo (casualmente promocionado por el Gobierno), en tal sentido agregó que Majaz puede prescindir de la obligación de consultar a la población como exige la Ley 24656 y 26505 y tiene todo el derecho a realizar su productiva actividad económica hasta que el Ministerio encuentre el expediente y luego del plazo de ley se resuelva.



2 comentarios:

HildeBrando dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
HildeBrando dijo...

El artículo 7º de la Ley 26505 dice "Sin acuerdo previo con el propietario de las tierras, no procede establecer derechos de explotación minera. En caso que el yacimiento sea considerado por acuerdo del Consejo de Ministros de interés nacional, previo informe del Ministerio de Economía y Finanzas, el propietario será compensado previamente, por el titular del derecho minero con el justiprecio y la indemnización correspondiente".